Municipio
Villanueva de la Cañada abre una nueva convocatoria de ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento
El Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada convoca un año más las ayudas por nacimiento de hijo o adopción de niños menores de tres años. Podrán beneficiarse aquellos vecinos empadronados en el municipio que hayan tenido un hijo o lo hayan adoptado entre el 2 de diciembre de 2022 y el 1 de diciembre de 2023 y cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras.
Entre los requisitos a cumplir por los solicitantes están los siguientes
:: Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España. Los extranjeros residentes en Villanueva de la Cañada podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España.
:: Ser propietario o inquilino de una vivienda en Villanueva de la Cañada o familiar en primer grado de aquel que lo sea; en este último caso será necesario, además, acreditar fehacientemente la convivencia con el mismo, así como que no se es titular de vivienda alguna en el resto del territorio español.
:: Estar empadronados y residir todos los miembros de la unidad familiar en Villanueva de la Cañada, durante un año consecutivo, inmediato anterior al primer día del período subvencionable indicado en la convocatoria.
:: Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar al corriente de pago en los tributos y restantes ingresos de derecho público municipales, autonómicos y estatales, así como con la Seguridad Social. La fecha de referencia para la comprobación del extremo al que se refiere este apartado es el último día de plazo para la presentación de la solicitud
La cuantía total destinada por el consistorio a dichas ayudas es de 50.000 euros. Se concederá una cantidad fija de 500 euros por hijo.
La convocatoria, así como las Bases Reguladoras y la hoja de solicitud están disponibles en este enlace. La solicitud se puede presentar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en el Registro Municipal. El plazo de presentación de solicitudes es del 21 de septiembre hasta el 10 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Documentación a presentar junto a la solicitud
La solicitud en impreso normalizado deberá estar firmada por ambos progenitores y debe acompañarse obligatoriamente de la siguiente documentación:
- Copia del DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte en vigor.
- En caso de que el solicitante sea extranjero, fotocopia del NIE y la tarjeta de residencia en vigor.
- Copia del libro de familia o certificado de nacimiento. En caso de que el adoptado no figure en la partida literal de nacimiento, resolución de la adopción.
- En su caso, copia del contrato de alquiler en el que figuren los datos de los progenitores peticionarios o de familiar en primer grado de los mismos con el que convivan.
- En su caso, copia del contrato de compraventa de vivienda.
- Para los casos previstos en los incisos finales del apartado b) de la Base Segunda punto 1, Declaración Responsable de no ser titular de vivienda alguna en el resto del territorio español.
- En caso de separación o divorcio, copia de sentencia judicial.
- En el supuesto de familias monoparentales deberá acreditarse documentalmente.
- Acreditación, en su caso, de la convivencia y relación de consanguineidad de primer grado con el titular o inquilino de una vivienda en Villanueva de la Cañada.
-Anexo I y II
Para más información o consultar dudas, las personas interesadas pueden enviar un correo electrónico a la siguiente dirección: familia@ayto-villacanada.es
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